La Sala Constitucional del Tribunal Departamental de Justicia de Cochabamba-Bolivia dictó sentencia y complementación declarando “la nulidad de pleno derecho” de la apertura de juicio del 25 de marzo de 2009 y actuados emergentes en el juicio de responsabilidades respecto al ex ministro de Defensa Nacional José Carlos Sánchez Berzain y las ex ministra de Participación Popular, miembros del gabinete del presidente Gonzalo Sánchez de Lozada.
Se ha declarado probada una acción de libertad, el recurso constitucional que en el Estado Plurinacional de Bolivia reemplaza al “Habeas Corpus”, que fue interpuesta por la abogada Patricia Cleobereida Guevara en representación sin mandato de los ministros de Defensa Nacional y de Participación Popular (los accionantes) en el Gabinete de Gonzalo Sánchez de Lozada (Presidente Constitucional de la República de Bolivia elegido para el periodo 2002 al 2007 y derrocado en 2003) contra los magistrados del Tribunal Supremo de Justicia del Estado Plurinacional, pidiendo se anule la persecución política emergente de los hechos de octubre de 2003.
La principal consecuencia jurídica es que el juicio de responsabilidades ha dejado de existir, como expresa la resolución complementaria de la Sala Constitucional “lo que tiene como efecto no haber nacido a la vida jurídica, por ende, sin eficacia legal” favoreciendo únicamente a los ex ministros recurrentes. Medidas derivadas de la nulidad son el cese de “las emergentes disposiciones y medidas restrictivas de los derechos fundamentales de los accionantes, órdenes y mandamientos de aprehensión emitidos contra la libertad de los accionantes…”.

