La Sala Constitucional Primera del Tribunal Departamental de Justicia de Santa Cruz admitió la acción popular interpuesta por el constitucionalista Wilmer Juan Vázqiuez Flores contra el presidente del Estado Plurinacional de Bolivia, Rodrigo Paz Pereira, en relación al Decreto Supremo 5503, al considerar que la demanda cumple los requisitos establecidos por la Constitución Política del Estado y el Código Procesal Constitucional. Según la resolución fechada el 24 de diciembre de 2025, la acción también fue dirigida contra la Asamblea Legislativa Plurinacional, el Tribunal Constitucional Plurinacional, la Contraloría General del Estado y la Defensoría del Pueblo, en el marco de los artículos 135 y 136 de la CPE, con referencia al artículo 68 del Código Procesal Constitucional.
El documento dispone la realización de una audiencia pública para la consideración y resolución de la acción popular, misma que fue programada para el viernes 9 de enero de 2026 a horas 13:00, a desarrollarse mediante la plataforma virtual Zoom, debido a la necesidad de diligenciar comisiones en las ciudades de Sucre y La Paz.
Asimismo, la Sala Constitucional instruyó a las partes coordinar con la Secretaría de Sala para el seguimiento del proceso y estableció que toda prueba o informe deberá ser presentado en formato digital conforme a los mecanismos habilitados por el tribunal.

