La Sala Constitucional Segunda del Tribunal Departamental de Justicia de La Paz emitió la Resolución Constitucional N.º 149/2026, ordenando el levantamiento inmediato de los bloqueos absolutos en carreteras, puentes y vías estratégicas del país.
El fallo señala que estas medidas vulneran derechos relacionados con la salud, alimentación, abastecimiento, educación, libre circulación y seguridad ciudadana, especialmente cuando impiden el paso de ambulancias, medicamentos, oxígeno y alimentos.
La resolución también instruye habilitar corredores humanitarios permanentes y prohíbe bloqueos violentos o indefinidos. Además, aclara que la decisión no autoriza represión ni uso indiscriminado de la fuerza.
La Defensoría del Pueblo fue designada como veedora del cumplimiento de la medida, mientras que el Ministerio Público deberá investigar posibles delitos relacionados con bloqueos violentos.

